Ricardo Márquez.- El femicidio, el homicidio en agravio de una mujer, será competencia de la jurisdicción especial de Tribunales de Violencia contra la Mujer, según reciente reforma de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia
Lo informó la magistrada Carmen Zuleta de Merchán en acto especial celebrado en el auditorio del TSJ,durante el cual se rindió homenaje a María del Mar Álvarez de Lovera, recientemente fallecida, y quien fuera la primera defensora nacional de los Derechos de la Mujer.
Hasta ahora, puntualizó la magistrada Zuleta de Merchán, el feminicido no existía en nuestra legislación, la muerte ilícita de una mujer era un homicidio, agravado o no según las circunstancias, materia del Código Penal y competencia de los tribunales penales ordinarios.
Además, puntualizó la magistrada, con esta reforma el feminicidio es un delito contra los derechos humanos y, en consecuencia, quien sea procesado por su comisión no gozará de beneficio procesal alguno ni de la aplicación de medidas alternativas del cumplimiento de la pena; y destacó que la AN acogió el criterio de la Comisión Nacional de Justicia de Género del Poder Judicial e incorporó parte de la jurisprudencia de la Sala Constitucional.
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