El sociólogo y director de la ONG Paz Activa, Luis Cedeño, respecto a la resolución del uso de armas de fuego contra protestas, explica: "Primero hay que considerar que son las policías regionales y las nacionales las que están facultadas para el control de orden público, lo digo porque recientemente hubo situaciones contra ciertos alcaldes porque no utilizaron la policía municipal para el control del orden público, cuando realmente las policías municipales no tienen la competencia ni el equipamiento para el orden público".
Cedeño, agrega: "Está claro que en la Constitución nacional no se considera que cuando hay manifestaciones o cuando hay, digamos, problemas de orden público, no estamos tratando con delincuentes sino con población civil que además está en un comportamiento no individual sino un comportamiento de masa".
Cedeño, además señala: "Solo el Estado por su condición de Estado puede ser imputado por delitos de derechos humanos, que no son prescriptibles en el tiempo. Si hay una manifestación y se usa la fuerza letal, los responsables de esos cuerpos de seguridad que usaron fuerza letal, jamás prescribiría la posibilidad de procesarlos por delitos de lesa humanidad o en delitos de derechos humanos".
Fuente: Informe21
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