miércoles, 21 de mayo de 2014

A la entrega voluntaria de armas le faltan señales claras

La Ley para el Control de Armas, Municiones y Desarme se publicó en la Gaceta Extraordinaria nro 6.129 del martes 8 de abril.
La Ley para el Control de Armas, Municiones y Desarme se publicó en la Gaceta Extraordinaria nro 6.129 del martes 8 de abril.

Caracas.- La ruta ya fue trazada. Luego de diez meses de aprobación de la Ley para el Control de Armas, Municiones y Desarme (que duró en discusión más de dos años y fue sancionada de manera unánime en la Asamblea Nacional en junio de 2013), se publicó en la Gaceta Extraordinaria nro 6.129 del martes 8 de abril el reglamento que define, entre otros puntos, el protocolo para la entrega voluntaria de las armas de fuego y municiones.

La espera fue larga. Desde que en enero pasado fue asesinada a balazos la ex Miss Venezuela y actriz Mónica Spear, voceros del gobierno habían señalado, en varias ocasiones, que el Reglamento estaba listo.

Eso fue lo que dijo el presidente Nicolás Maduro cuando el diputado suplente Ricardo Sánchez –en la reunión que sostuvo el gobierno con sectores de oposición en febrero pasado- le preguntó qué había ocurrido con el documento.

El ministro de Interior, Justicia y Paz, Miguel Rodríguez Torres, también lo había afirmado un mes antes, a la salida de un encuentro con la Conferencia Episcopal Venezolana.

En febrero, Julio César Bermúdez y César Marín, activistas de la Organización No Gubernamental (ONG) Amnistía Internacional, así como Jesús Machado, investigador del Centro Gumilla, manifestaron a El Tiempo la necesidad de que el reglamento se publicara, porque en él se debían precisar aspectos de la ley poco claros, lo cual complicaba medir el impacto de la legislación.

La Comisión de Política Interior del Parlamento y la Comisión Nacional para el Desarme Voluntario, conscientes de ello, habían previsto un lapso de 90 días para la elaboración y publicación del reglamento, en la mitad del tiempo establecido en la ley (180 días). La idea era“acelerar el procedimiento legal que permitirá la aplicación oportuna de la ley”, declaró el parlamentario del Psuv Juan Carlos Alemán en el programa A Toda Venezuela, transmitido por Venezolana de Televisión.

Pero el reglamento se materializó diez meses después de la aprobación de la ley. Para Luis Cedeño, de Paz Activa, más vale tarde que nunca. “La aprobación es un gran avance”, sostiene. “Había que lanzar un reglamento de la ley desarme del 2002 y eso nunca ocurrió. Como nunca fue política pública, no se aplicó. Esa ley fue letra muerta ”, recuerda.

Las experiencias internacionales exitosas en materia de desarme apuntan hacia la claridad y contundencia de las medidas. Brasil, México, Guatemala, Argentina, Colombia y El Salvador lograron concretar el desarme a través de planes impulsados por el gobierno, concluye un reportaje publicado en un medio de circulación nacional en enero pasado. Por eso, para Cedeño, que exista un reglamento es una buena noticia.

Sin consecuencias

Una de las grandes expectativas de la ley gira en torno al desarme voluntario. El reglamento precisa el protocolo, paso a paso, que deben seguir quiénes deseen entregar un arma y quienes la reciben (ver infografía).

Cedeño advierte que esta estrategia no es suficiente para desarmar a la población. “Eso no va dirigido a los delincuentes, porque a ellos los debe desarmar la policía y para ello tienen los recursos. Podría aplicar para las bandas y los colectivos armados, pero tampoco van a entregar sus armas”. El experto sostiene que el desarme voluntario podría ser efectivo en las personas que no delinquen, que tienen un arma ilegal en su casa, y la usan para protección personal.

“Los estudios nos dicen que portar un arma de fuego incrementa diez veces el riesgo de morir a causa de esa misma arma”, agrega.

Pablo Fernández, exsecretario de la Comisión Presidencial para el Desarme, le aseguró a El Tiempo que, luego del acercamiento de esta instancia a tres parroquias capitalinas -en las que se intentó implementar un plan piloto de desarme voluntario y fracasó-, muchos jóvenes delincuentes estaban esperando la concreción de los procedimientos del canje para entregar sus armas y reorientar su vida.

Cedeño duda de que el impacto de la ley, ahora con el reglamento, pueda sentirse a corto plazo. Cree que la instalación de la tecnología, la formación del personal necesario (como armeros) y la adecuación de los centros de recepción de armas tomará, incluso siendo eficientes, al menos un año. “Siempre se dijo que esto no era la solución a los problemas de violencia armada. Debe ser parte de una política integral que se concatene con una gran política nacional de prevención de la violencia”.

  • Toma y dame 
La Comisión Presidencial para el Desarme, en su página web, recibió la opinión de más de 7 mil personas sobre los beneficios que le otorgaría el gobierno a quien entregue un arma. Hasta junio pasado, la mitad (50%) pedía oportunidades de estudio o de empleo. En el reglamento este aspecto quedó poco preciso, considera Cedeño. El capítulo V, referente a los incentivos, establece que pueden ser individuales o colectivos. Los primeros, refiere el artículo 181, pueden ser bienes muebles. Al respecto el experto advierte: “A través de artículos materiales pudiera quedar en evidencia quién entregó o no un arma de fuego, lo cual contraviene el principio del anonimato”. También dispone que pueden ser incentivos laborales, educativos, de salud, que el Ejecutivo concederá directamente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario